Fondos de inversión

Irlanda es uno de los destinos más importantes para los fondos regulados, ofreciendo una gran variedad de estructuras financieras y avalada por una larga trayectoria en el sector financiero. 

Sigue evolucionando y adaptándose a la realidad del momento, sin dejar de ofrecer un sinfín de oportunidades de inversión. 


En cuanto a los tipos de fondos de inversión, se categorizan en UCITS y no UCITS, UCITS significa Collective Investment in Transferable Securities y se configura por el conjunto de Directivas de la Unión Europea referentes a las condiciones de los fondos de los Estados Miembros. Dentro de los fondos establecidos como “No UCITS”, se establecen tres subcategorías que son retail investors, profesional investor y qualifying investor fund (En adelante, QIF).


El objeto de este artículo es sintetizar las características de la constitución de un QIF en Irlanda y su “8 year Rule”. 
Los QIFs se configuran como el vehículo financiero más utilizado debido a que permite mayor flexibilidad de inversión, flexibilidad referida también en cuanto a los límites de cantidad y endeudamiento. Los QIFs habitualmente se estructuran a través de hedge funds, FoHFs, private equity funds, real estate funds y feeder structures. 


Como requisito imprescindible, requiere una suscripción inicial de 100.000€ por cada inversor. Dicho inversor debe cumplir ciertos requisitos como son un conocimiento técnico adecuado, avalado por una entidad de crédito de la Unión Europea, certificando su experiencia financiera suficiente para valorar los riesgos correspondientes a cada inversión. 


En referencia al régimen regulador, el Banco Central de Irlanda se establece como autoridad competente para autorizar y supervisar los fondos irlandeses. Los QIFs gozan de un tipo de reconocimiento mutuo en toda la Zona Económica Europea y suelen establecerse como vehículos de inversión privada.


Dos de las grandes ventajas que ofrece Irlanda es la flexibilidad para establecer fondos en el país y la rapidez del procedimiento de autorización para poder empezar a operar. Los QIFs pueden ser autorizados en tan solo un día, se trata de un procedimiento de autorización de vía rápida. Por un lado debe autorizarse el fondo en si mismo y por el otro, debe comprobarse el cumplimiento de requisitos por parte del inversor, promotores y sociedad gestora del fondo. Así mismo, el fondo podrá ser sometido a una futura comprobación.


Todos los fondos irlandeses disponen del mismo régimen de tributación favorable. Para el caso de los residentes irlandeses destaca la regla introducida en 2006 que se denomina “8 year Rule”. Están sujetos al régimen “roll up”, en el momento que se realiza una inversión en un fondo, empieza a correr un plazo de 8 años para el caso de que si en dicho plazo no se ha distribuido o reembolsado, deberá tributar pasado este término. Es decir, el fondo no tributa durante ese plazo de 8 años y por tanto, los ingresos y ganancias no tributan inmediatamente, tan solo tributarán en el momento de ser distribuidos o bien, una vez finalizado el plazo.


En definitiva, Irlanda ofrece confianza y madurez en cuanto a la inversión, se ha constituido como uno de los países europeos más cotizado para establecer fondos de inversión. Ofrece un buen trato fiscal, rapidez en cuanto a la constitución del fondo y ha suscrito Convenios para evitar la Doble Imposición con más de 70 países.

Consulta los CDI suscritos por Irlanda en el siguiente link: https://www.revenue.ie/en/practitioner/law/tax-treaties.html