El pasado mes de septiembre, se publicó la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.

Las empresas son el motor económico de España y, como bien se indica en el preámbulo de la Ley, se quiere impulsar la economía española mediante la creación de empresas y el crecimiento de éstas.

Hasta ahora, los costes que conlleva la creación de una empresa y los obstáculos que se encuentran para poder desarrollarse y crecer frenan el aumento de la creación y desarrollo de nuestras empresas. Estos problemas afectan de manera especial a las pequeñas y medianas empresas: la crisis de la pandemia y trabas como la morosidad han impactado negativamente en su crecimiento y, en muchos casos, puede conllevar su desaparición.

En el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo fin es la recuperación de la economía española tras la pandemia, se establece como objetivo facilitar el inicio de negocios y, también, su crecimiento, eliminando obstáculos, como es un marco jurídico tedioso. Se apuesta, por tanto, por una regulación más ágil que dota de flexibilidad a todas las fases del negocio.

Una de las medidas que cabe destacar es la posibilidad de crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1€. Anteriormente, se exigía una aportación mínima de 3.000€, por lo que, con esta medida, prácticamente se elimina el coste de constitución y se pretende, así, promover la creación de empresas.

Asimismo, nos posiciona en un mercado internacional más competente, dado que son ya muchos los países de la Unión Europea, y de fuera de la Unión, donde el coste para crear una empresa de responsabilidad limitada es de 0€.

En los casos que el capital social de la empresa sea inferior a 3.000€, se deberá destinar un mínimo del 20% de su beneficio como reserva legal (hasta que dicha reserva y el capital social alcancen los 3.000€); y, además, se impone una responsabilidad solidaria para los socios, para los supuestos de liquidación en los que con el patrimonio de la sociedad no se pueda hacer frente al pago de las obligaciones sociales. En ese caso, los socios deberán responder de forma solidaria por la diferencia entre el importe de los 3.000€ y el capital social establecido.

También cabe destacar la instauración de la factura electrónica y la regulación de la creación telemática de empresas a través del CIRCE, para reducir plazos, costes de notaría y registro. 

En resumen, la Ley pretende adaptarse a los cambios y a la sociedad actual, modernizando procesos y acercándonos más al panorama internacional.