El proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal prohíbe el establecimiento de cualquier instrumento extraordinario de regularización fiscal que pueda suponer una reducción de la deuda tributaria, es decir, prohíbe las amnistías fiscales.

La clase política española ha sido reticente hacia las amnistías, ya que comportan un perjuicio de los contribuyentes cumplidores frente a los que no lo son. Por ese motivo, en la etapa democrática, solo se han aprobado tres amnistías fiscales:

  1. La primera, en 1984, con el Gobierno de Felipe González, estando al frente de la cartera de Economía Miguel Boyer.
  2. La segunda, también con el Gobierno de Felipe González, siendo Ministro de Economía y Hacienda Carlos Solchaga, en los años 90.
  3. La tercera, en 2012, con el Gobierno de Mariano Rajoy, siendo Ministro de Hacienda Cristóbal Montoro.

Esta última amnistía se debió principalmente a dos razones:

  1. La sugerencia de la OCDE a sus países miembros de facilitar regularizaciones tributarias antes de la entrada en vigor de las nuevas normas de transparencia informativa que la OCDE estaba impulsando.
  • La delicada situación financiera del Estado español: éste se veía obligado a obtener recursos adicionales debido a la doble crisis económica originada por el estallido de la burbuja inmobiliaria y la debacle bursátil.

Antes de la amnistía, los patrimonios no declarados ya estaban soportando una carga tributaria indirecta a través de las retenciones ECOFIN, del 35% sobre los rendimientos por intereses y dividendos. La retención ECOFIN había sido acordada años atrás por la Unión Europea con los Estados que, desde Europa, ofrecían servicios bancarios offshore, y tenía por finalidad paliar la falta de tributación de los patrimonios ocultos.

El veto a las amnistías fiscales se articula a través de la prohibición de leyes extraordinarias, sin tener en cuenta que, en un futuro, cabría derogar esta norma o cabría, también, la posibilidad de aprobar una amnistía fiscal a través de una Ley Ordinaria.

En un entorno de mayor colaboración internacional frente a la evasión fiscal y las prácticas fiscales agresivas, gracias a las normativas internacionales como FATCA o el CRS que aseguran la transparencia fiscal de las cuentas deslocalizadas, solo puede pensarse que no hay opciones para mantener un patrimonio en la opacidad.

Por lo que, pretender asegurar el cumplimiento de algo que ya estaba resuelto parece más un recurso político que una necesidad legislativa.